Es el miedo número uno: ir al cajero el día de cobro y encontrar la cuenta vacía. Pero tranquilo, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) te protege: es ilegal embargar el 100% de tu sueldo.
Lo intocable: El Salario Mínimo (SMI)
La regla de oro es simple: El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es inembargable.
En 2025, el SMI está fijado en aproximadamente 1.134€ brutos (en 14 pagas). Si cobras menos de esa cantidad, ni el banco, ni el juzgado, ni Hacienda pueden tocar un solo euro de tu nómina. Si lo hacen, es un error y puedes reclamarlo inmediatamente.
Tabla de Tramos: ¿Cuánto me quitan?
Todo lo que supere el SMI se embarga por tramos. Cuanto más ganas, mayor porcentaje te retienen. Aquí tienes la tabla oficial actualizada:
| Tramo de Ingresos | Porcentaje Embargable |
|---|---|
| Hasta el 1º SMI (aprox. 1.134€) | 0% (Intocable) |
| Del 1º al 2º SMI | 30% |
| Del 2º al 3º SMI | 50% |
| Del 3º al 4º SMI | 60% |
| Del 4º al 5º SMI | 75% |
| Exceso del 5º SMI | 90% |
¿Cómo detener el embargo para siempre?
Calcular cuánto te van a quitar está bien, pero solucionarlo es mejor. Vivir con la cuenta bloqueada es una pesadilla.
La Ley de Segunda Oportunidad es la única herramienta jurídica que tiene el poder de paralizar todos los embargos. En el momento en que el juez admite a trámite tu solicitud:
- Se suspenden las ejecuciones hipotecarias y embargos.
- Dejan de retenerte la parte proporcional de la nómina. Vuelves a cobrar tu sueldo íntegro.
- Se frenan los intereses de demora que hacen la deuda impagable.
No esperes a que llegue la carta del juzgado. Si te anticipas, puedes salvar tu economía antes de que el bloqueo sea total.